Periodos adeudados de APORTES Y CONTRIBUCIONES DE OBRA
SOCIAL LEY 23660
Vigencia:
Del 05/01/2015 hasta 31/05/2015
Requisitos:
Acreditar haber abonado los aportes y contribuciones de
los tres meses inmediatos anteriores al acogimiento.
Tomar a su cargo las costas y honorarios judiciales de
los periodos en ejecución, gestionando la cancelación.
Completar la Solicitud provista en la página Web -
www.ospim.com.ar, con visado de la Cámara Empresaria o FAIMA.
Junto con la Solicitud, adjuntar la documentación
requerida y enviarla a: PLAN DE FACILIDADES - ROJAS 254 - C.P.
1405 - CAPITAL FEDERAL
O.S.P.I.M. remitirá por correo electrónico a la Empresa
la liquidación para su verificación.
Conformada la liquidación, se determinará el plan de
pagos, debiéndose entregar al momento de la suscripción, cheques
de pago diferido para la cancelación de las cuotas.
Excluidos:
Acuerdos de pago vigentes aunque registren atrasos.
Deudas que registren remuneraciones inferiores a las 176
hs. mensuales.
Contacto:
FAIMA: Av. Belgrano 355 Piso 5° - CAPITAL FEDERAL - TE
(011) 4343-1499
OSPIM: Rojas 254 - Capital Federal - TE (011) 4432-3954